¿De quién es la obra? La batalla del proceso creativo en la IA

El conflicto legal


La Inteligencia Artificial (IA) parecía hasta hace poco de ciencia ficción, pero una vez introducida, ha abierto las puertas a una realidad impensada, la batalla entre personas y máquinas por el uso de información y creación. Porque la IA no es creativa, al menos no por el momento. Sin embargo con una gran cantidad de datos es capaz de recrear procesos creativos ajenos. Una nueva canción de Frank Sinatra que además parece cantada por él, una nueva obra en el estilo de  Vargas LLosa, o incluso una “casa en el estilo de Frank Lloyd Wright”, entre otros, es posible pedirlas y puede crearlas. Pero usufructuar del proceso creativo de otra persona no genera nuevas corrientes de pensamiento ni crea nuevos estilos. Es un robo intelectual y  mal uso de la herramienta por parte de quienes quieren acceder a creaciones sin pagar su valor.

Esta capacidad de recrear obras se alimenta de enormes volúmenes de datos y de modelos de lenguaje o imagen entrenados para replicar estilos, géneros y estructuras narrativas con gran precisión. 

Esta habilidad ha causado paros y manifestaciones por parte de profesionales que con justa razón quieren proteger su trabajo y creación intelectual y que argumentan que no por ser el uso de software accesible, no puede crear resultados fraudulentos. Esto ha generado debate desde el punto de vista legal, en cuanto a los límites de esta forma de uso de un proceso creativo, sus ideas y bases. Porque aunque el resultado sea nuevo, su estructura y pensamiento pertenecientes a una persona, también tiene un valor y en este caso se relacionan directamente con el producto. ¿A quién entonces le pertenecen los derechos de autor de un proceso creativo?

En distintas jurisdicciones se han emitido decisiones que subrayan la necesidad de intervención humana para que una creación sea protegida por el derecho de autor. En Estados Unidos, por ejemplo, un tribunal dictaminó que una obra generada completamente por IA, sin ningún tipo de participación humana, no puede beneficiarse de dicha protección. La jueza Beryl A. Howell señaló que la originalidad protegida por la ley exige una contribución humana. Así, la humanidad del autor sigue siendo un pilar legal para considerar a algo una “obra”.

Pero este principio entra en tensión con la realidad técnica. ¿Qué pasa cuando la intervención humana se reduce a unos pocos prompts (lenguaje o instrucciones de comunicación con la IA)? ¿Debe considerarse autor a la persona que introdujo las instrucciones, al desarrollador del sistema de IA, o incluso a los titulares de las obras utilizadas para entrenarla? Esta duda se amplifica cuando hablamos de IA generativa como Midjourney o ChatGPT, que producen contenido a partir de modelos entrenados en obras humanas, muchas de ellas protegidas por derechos de autor.

La legislación actualmente se inclina por la posición tradicional: sólo las personas humanas pueden ser autoras. Sin embargo, algunos países, como Reino Unido, han propuesto reformas a las leyes de Derechos de Autor para que la autoría del desarrollador o usuario del sistema sean parcial, o completamente reconocidas, como una forma pragmática de incentivar la innovación tecnológica y dar certeza jurídica a los inversionistas.

“Sus científicos estaban tan preocupados en entender si podían, que no se preguntaron si debían.” Jeff Goldblum- Jurassic Park

El conflicto cultural

En paralelo, se abre una pregunta de aspecto cultural: si una creación generada por IA no es legalmente “obra”: ¿puede aún considerarse creación? Para muchos, el valor de una creación radica en la expresión humana, en la emoción, en el error, en la experiencia que subyace al proceso creativo. La escritora Daphne Kalotay, por ejemplo, advierte que los textos creados por IA pueden imitar estilos y estructuras, pero carecen de esa “visión genuina” que proviene de vivir en el mundo físico. Del mismo modo, la animadora Ruth Stella Lingford destaca que, aunque la IA puede actuar como colaboradora, el proceso manual e intuitivo sigue siendo irremplazable en el arte que busca profundidad emocional y estilo propio.

En el otro lado de la moneda, existen escritores y animadores que han expresado la opinión de que se puede entrenar a creadores artísticos para usar esta herramienta con el objetivo de transformarla en un asistente. Por ejemplo, en festivales como Annecy, dedicados a la animación, muchos artistas han comenzado a hablar de “montar el tiburón”: usar la potencia de la IA, pero sin perder el control creativo. A la vez, crece la demanda por técnicas análogas, como el stop motion o la pintura animada, en un aparente deseo de ver nuevamente la “mano humana” detrás de cada cuadro. Esta reacción revela un fenómeno interesante: en tiempos donde lo digital puede replicar todo, lo auténtico se vuelve escaso y, por tanto, valioso.

La posibilidad de entrenar un modelo con el estilo personal de un creador y utilizarlo como asistente abre un nuevo campo de colaboración, no competencia. Pero esa colaboración necesita marcos claros: ¿quién es el autor en una obra híbrida y/o basada en procesos creativos de otros? ¿Quién decide si puede comercializarse? ¿Y quién responde si se infringen los derechos de terceros? La distinción entre copia, derivación y creación original se vuelve cada vez más borrosa. En algunos casos, las obras generadas por IA imitan tan fielmente a un artista específico que rozan el plagio estilístico, aun sin producir ninguna obra concreta. 

Adaptar o reinterpretar los marcos normativos para lidiar con la autoría, la originalidad y la responsabilidad en el contexto de la IA va a necesitar de una actualización constante y nuevas formas de especialización legal. Prohibir es para algunos el camino. Pero esta solución tiene tantos problemas como su uso, dado que la IA llegó para quedarse y sólo va a perfeccionar cada vez más su funcionamiento.

La Inteligencia Artificial ya no es una obra de ciencia ficción, es una realidad que está afectando la vida de millones. Como dijo Jeff Goldblum en Jurassic Park: “Sus científicos estaban tan preocupados en entender si podían, que no se preguntaron si debían.” Y para muchas personas, el hecho de que una herramienta tenga la capacidad de crear obras o productos que caen en un vacío legal significa que el límite y valor de lo usado, no existe. Esta herramienta ha llegado para quedarse y es la responsabilidad de la ley crear un nuevo marco legal para este debate creativo.

La IA no puede producir, pero puede reproducir...Pero ¿Qué significa eso desde el punto de vista del arte?

El debate de los derechos de autores, y sí la IA tiene derecho a entrar en este ámbito, es uno que solamente acaba de comenzar y el cual es un preludio de muchos cambios legales...

 


Pioneras del Derecho: Las mujeres que dieron el primer paso

Honrando a las primeras


El acceso de las mujeres a la educación superior y al mundo profesional ha sido una una lucha ardua que, en muchos casos, tardó siglos en materializarse. El Derecho, como disciplina y práctica, fue uno de los campos donde la resistencia a la incorporación femenina fue particularmente fuerte, y lamentablemente en muchos casos sigue presentando desafíos para ellas actualmente. 

En la apertura de este camino para las mujeres hubo pioneras valientes y decididas, que decidieron levantarse y desafíar las normas del tiempo, contra viento y marea y dejando una marca en la historia y en el desarrollo de esta disciplina para siempre. Es por esto que, con el Día de la Madre tan cercano, hemos decidido hablar de las primeras abogadas, “madres legales” de la historia por así ponerlo, aquellas que crearon un nuevo camino, con profesionales que trajeron oportunidades y justicia a incontables personas.

Los inicios de esta historia de exclusión de las mujeres en el mundo legal se remontan al mundo del Imperio Romano, antes del nacimiento de Jesucristo.  En el año I A.C Gaia Afrana, esposa del senador romano Licinius Buccio, fue la primera mujer en dedicarse a la defensa de intereses ajenos, defendiéndolos y defendiéndose sin abogado frente a un pretor. Pero lamentablemente sus esfuerzos no sólo no se replicaron sino que resultaron en la elaboración de la Lex Afrania que le prohibiría a las mujeres ejercer como abogadas. 

No sería hasta 1869 en que esta iniciativa la retoma en Estados Unidos Arabella Mansfield. Ella se convirtió en la primera mujer en recibirse de abogada en la historia moderna, en el Estado de Iowa y como la mejor estudiante de su curso. Pero no fue fácil, Mansfield tuvo que desafiar en la Corte a las normas establecidas que sólo permitía a los hombres blancos de “buena conducta moral” [Código de Iowa 114.2700 (1860)] presentarse al examen y ejercer. Su caso, determinación y capacidad, abrieron la posibilidad a una excepción, y este triunfo le permitió practicar el Derecho. Además terminó llevando a una modificación de la legislación de Iowa, para que las mujeres pudieran ser admitidas al colegio de abogados en igualdad de condiciones que los hombres.

Este caso se considera el ejemplo que detonó una serie de seguidoras para este difícil camino. Tal fue el caso en Chile donde la señora Matilde Throup se convertiría en la primera mujer chilena en obtener un título de abogada en 1892. Su logro fue particularmente significativo, ya que en muchos países de América Latina en el s. XIX, las mujeres ni siquiera tenían garantizado el acceso a la educación universitaria.

Por otro lado, casi en paralelo en México, María Asunción Sandoval de Zarco se convirtió en la primera mujer licenciada en derecho en 1897 y utilizó lo que aprendió para impactar de forma profunda el ámbito profesional de su país. Sandoval de Zarco no sólo ejerció la abogacía, sino que también abogó por los derechos de las mujeres y la igualdad educativa, anticipándose a los movimientos feministas del siglo XX en el país.

Un camino de mil pasos...

Las mil y una historias del mundo

Cruzando el Atlántico, en el Reino Unido, las mujeres enfrentaron estas barreras legales durante mucho más tiempo. Dos mujeres aparecieron durante este periodo y se convirtieron en pioneras del Derecho: 

La primera fue Eliza Orme quien en 1869 fue la primera mujer en conseguir el título de abogada en Inglaterra, aunque no tenía la capacidad legal de ejercer como tal, tenía todas las credenciales y educación requerida después de estudiar en el University College London y tuvo que ejercer profesionalmente sin título y fue la primera mujer en realizar una ponencia en un congreso jurídico, titulada “La condición jurídica de la mujer en Inglaterra” (Chicago 1893).

La segunda mujer fue Helena Normanton, quien en 1922 se convirtió en la primera mujer en ejercer formalmente como abogada en Inglaterra después de la aprobación de la Sex Disqualification (Removal) Act de 1919. Se convirtió en la segunda mujer en formar parte del colegio de abogados de ese país, el 17 de noviembre de 1922, poco después de Ivy Williams. Además, fue la primera mujer en obtener el divorcio para una de sus clientes, la primera mujer en liderar la acusación en un juicio por asesinato y la primera mujer en llevar a cabo un juicio en Estados Unidos y comparecer en el Tribunal Superior y en Old Bailey. En 1949, junto con Rose Heilbron, fue una de las dos primeras mujeres Consejeras de la reina en el English Bar.

En Francia, Jeanne Chauvin hizo historia como una de las primeras mujeres en desafiar las estructuras jurídicas establecidas. Aunque obtuvo su doctorado en derecho en 1892, no pudo ejercer inmediatamente debido a las restricciones legales. No fue sino hasta 1900 que, tras intensas campañas de presión y cambios legislativos, Chauvin pudo prestar juramento y ejercer como abogada. También fue fundamental para la creación y aprobación de la ley que le otorgara a las madres solteras el derecho a buscar al padre y exigir la manutención de sus hijos.

También hay casos cuyo valor simbólico es impactante en este camino. Tal es el caso de Maria Otto en Alemania, quien en 1922 se convirtió en la primera mujer admitida como abogada en ese país. Una hazaña lograda en un contexto de grandes transformaciones sociales durante la República de Weimar. La participación femenina en el derecho alemán estuvo muy limitada antes de la Primera Guerra Mundial, por lo que su admisión simbolizó un cambio profundo en el acceso de las mujeres a las profesiones liberales.

Australia también cuenta con una pionera notable en Flos Greig, quien en 1905 fue admitida como la primera abogada en Victoria y, por extensión, en Australia. Su camino no fue fácil: para que pudiera ejercer, fue necesario promulgar una ley específica, conocida como Flos Greig Enabling Act. 

En Japón, la entrada de las mujeres a la abogacía, fue mucho más tardía. La primera mujer en convertirse en abogada fue Ai Kume, quien obtuvo su licencia para ejercer en 1940. Japón, influenciado por un sistema social altamente patriarcal, había restringido históricamente las oportunidades profesionales para las mujeres. La trayectoria de Kume es representativa de un cambio social que, aunque tardío, comenzó a abrirse paso en el siglo XX con reformas educativas y legales.

Finalmente, en India, Cornelia Sorabji rompió múltiples barreras. En 1892, se convirtió en la primera mujer india en estudiar derecho en la Universidad de Oxford, aunque no se le permitió ejercer formalmente en Inglaterra ni en India durante varios años debido a las restricciones de género. Finalmente, en 1924, tras cambios legales, Sorabji fue autorizada a practicar derecho en la India británica, donde dedicó gran parte de su carrera a defender a mujeres y menores que no podían representarse legalmente por sí mismos.

 

Hay muchos más ejemplos que podríamos mencionar, Ascensión Chirivella Marín en España, Ekaterina Flerova en Rusia, Clara Brett Martin en Canadá, María Angélica Barreda en Argentina. Pero todas estas historias comparten elementos en común, a pesar de sus diferencias geográficas, de contextos culturales e históricos. Todas ellas tuvieron el valor de desafíar lo establecido, tenían la perseverancia de seguir adelante en un camino muy difícil, y tuvieron el compromiso para generar un cambio legal en cada uno de sus países a través de sus capacidades y carreras. El recorrido de estas pioneras nos recuerda que la lucha por la igualdad en el ámbito legal requirió valentía, perseverancia y pasión. Hoy que las mujeres ya son parte integral de la disciplina, transversalmente y en todos los cargos posibles, estos ejemplos siguen siendo una fuente de inspiración para todas las mujeres que desean hacer una diferencia en el mundo del Derecho y en la sociedad en general.

...Empieza con el primero.

Estas son solo algunas de las muchas historias de individuas que ayudaron a cambiar el mundo a través de su voluntad y valentía. 

 


Sede Vacante

Periodo de luto


Con gran pesar, pero sin sorpresa, el mundo y en especial los católicos recibieron la noticia de la muerte del Papa Francisco. Un hombre que, a pesar de su frágil salud, trabajó y se acercó a la gente hasta sus últimas horas de vida.

Ya hace algunas semanas y a raíz de su precario estado, publicamos un artículo sobre los pasos e implicaciones legales de la elección de un nuevo Papa y el Cónclave de Cardenales que la define.

Sin embargo, entre la muerte de un Papa y la elección de su sucesor, hay un largo período, llamado de Sede Vacante, expresión latina para indicar el momento entre la muerte y la elección de dos papas. Su significado literal es el de sede vacía y refiere a la falta de sucesor de Cristo en la tierra dirigiendo a la Iglesia Católica. Este tiempo es un tiempo de luto, pero de mucha tarea y repleto de situaciones definidas por el Derecho Canónico que entran en operación, para mantener la estabilidad a pesar de la falta de soberano.

Durante este período, la administración de la Iglesia Católica en el Vaticano pasa a dos importantes instituciones eclesiásticas y bajo la estricta definición y limitación de la ley canónica. Primero, el cardenal Camarlengo, que es un título de dignidad entre los cardenales de la Iglesia Católica, presidente de la cámara Apostólica y que es quien se encarga de gestionar los asuntos urgentes y de preparar la elección del nuevo pontífice, es decir el Cónclave. Junto con él, el Colegio Cardenalicio, que mantiene sus funciones consultivas y de liderazgo en cada zona a la que rigen desde el punto de vista religioso, para mantener la continuidad del gobierno eclesiástico y aseguran la continuidad de la gobernanza. Su principal tarea en este período es sin duda la participación en la organización del Cónclave y elección del nuevo Pontífice.

Este período inicia con la ceremonia de la Destrucción del anillo del Pescador, sello del Papa muerto. El Camarlengo, actualmente su eminencia cardenal Kevin Farrell, irlandés, administrador de bienes e ingresos de la Santa Sede y quien asume en parte importante el gobierno temporal durante este período, es quien realiza este rito. Tras el fallecimiento del Santo Padre, el Camarlengo declara “Vere Papa mortuus est” (latín para “El Papa está realmente muerto”) y luego destruye el anillo con un martillo de plata. Este anillo, símbolo del poder Papal cierra el “reinado” del Pontífice.

Una de las primeras tareas urgentes del Camarlengo sin duda es la organización del funeral de Estado que corresponde a un Papa, coordinando con autoridades vaticanas y extranjeras, preparando ceremonias e invitados, el velatorio, la misa y entierro. Estos pasos incluyen una serie de ritos, regidos por ley canónica, como la quema de algunos documentos personales del Papa y la colocación de monedas de oro, plata y bronce en su ataúd. Una moneda de oro por cada año como Papa, una moneda de plata por cada mes de un año inconcluso y una moneda de cobre por cada día que no completó un mes.

¿Qué es lo que pasa cuando un Papa muere?

Nihil innovetur

Desde el punto legal canónico el criterio que rige este período es el de “nihil innovetur”, es decir un status quo, que permita el funcionamiento de la Iglesia, pero no cambios o reformulaciones que sean estructurales. Esto es importante porque la fuente de la confianza que se le da al Colegio de Cardenales durante este periodo de transición se le otorga debido a su presencia y autoridad como una entidad neutral. Sí se llegara a implementar algún cambio, el Colegio de Cardenales perdería la capacidad de estabilizar un período difícil dentro de la Iglesia.

Este sistema basa su solidez en la Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis, cuyo mandato le entrega la confianza al Colegio de Cardenales con el mandato de que dicha institución no tiene la autoridad para hacer actos de disposición sobre los derechos de la Sede Apostólica y de la Iglesia Romana, ni tampoco puede modificar las leyes emanadas por los Romanos Pontífices. 

Del mismo modo, muchos individuos se ven afectados por la muerte del Papá, ya que según la Constitución Apostólica todos los Jefes de los Dicasterios de la Curia Romana, tanto el Cardenal Secretario de Estado como los Cardenales Prefectos y los Presidentes Arzobispos, así como también los Miembros de los mismos Dicasterios, cesan en el ejercicio de sus cargos y no se podrán elegir nuevos hasta que el siguiente Papa sea elegido.

A la salida de todos esos cargos, esta Constitución, actúa como guía durante este periodo, especialmente en cuanto al Cardenal Camarlengo, a quien le da autoridad sobre la Santa Sede y la Cámara Apostólica, para asegurarse de que se mantenga la estabilidad en la Iglesia durante este periodo. Su decisiones sobre ambas organizaciones están encargadas de mantener el equilibrio y neutralidad, ya que la obligación y el derecho del Camarlengo es asumir liderazgo sobre todas las administraciones dependientes de la Santa Sede, las relaciones sobre su estado patrimonial y económico, y juntar las informaciones sobre los asuntos extraordinarios que estén eventualmente en curso a través de un delegado. 

La muerte del Papa Francisco es un luto, pero no una sorpresa, debido a su avanzada edad y a sus problemas de salud. Pero la experiencia, normativa legal canónica y tradición de la Iglesia Católica la preparan para estos períodos de incertidumbre. En la época de la Sede Vacante, la estabilidad es el nombre del juego y cuando se debe elegir a quien será una de las personas más poderosas del planeta, el marco institucional, sobre todo en estas dimensiones, cobra una importancia basal. Así como se habla del Camarlengo y el Colegio Cardenalicio como actores principales, el Derecho Canónico es uno de los actores más importantes, aunque sea como personaje invisible.

La Iglesia se prepara para una nueva era.

El periodo de la Sede Vacante puede que no cambie nada, pero es vital para mantener a la Iglesia Católica lista para la llegada del nuevo Papa.

 


El Derecho en la Cultura Popular: Mitos que Confunden

Síntoma de la separación entre el individuo y la ley


Los mitos se han generado a lo largo de la historia como relato tradicional,  explicaciones sencillas (aunque a veces no tanto) y de significado, de aspectos de nuestra existencia en relación con la naturaleza, cultura, normas, evolución, otros seres humanos, valores, etc. Normalmente involucran protagonistas fantásticos, que no tienen ninguna base científica y se contraponen muchas veces a la realidad detrás del fenómeno.

Hay varios tipos de mitos: los cosmogónicos relacionados con la creación del mundo, los teogónicos que relatan los orígenes de los dioses; los antropogónicos relacionados con el origen de la humanidad; los fundacionales para relatar la fundación de ciudades o comunidades; los escatológicos, que relatan la forma en que terminará el mundo; los cataclísmicos, que se relacionan con fenómenos naturales; y los de aparición de enfermedades y muerte, que explican cómo la humanidad pasa de un estado a otro. Ejemplos de este último son el griego de la caja de Pandora y las catástrofes que produjo abrirla, para la humanidad o la aparición para las mujeres del popular Trauco, en el sur de Chile, con todas las consecuencias que eso conlleva.

Tan conocidos son varios de ellos, que las personas saben a qué se refieren con sólo nombrar a sus protagonistas, sin embargo, en general está claro que es una explicación popular con poca y nula base científica. Lo que pasa con otro tipo de mitos, como los relacionados con situaciones diarias contemporáneas, en especial cuando se entienden como realidades, es mucho menos inocuo. Eso sucede con una serie de mitos que se han formado en torno a situaciones legales que enfrentan las personas a diario y que parecen tener la solución a varios problemas. Nada más lejos de la realidad. Estos mitos se formaron por una falta de conocimiento que crea una barrera entre la gente y el Derecho, es por esto que aquí les presentamos algunos de ellos, desmitificándolos y explicando el marco legal que los rodea. 

Las personas usan mitos para explicar lo que no entienden...

Los mitos

Muchas personas creen que no necesitan un contrato por escrito y que basta con un acuerdo verbal. Esta creencia puede generar problemas importantes. Aunque un acuerdo verbal puede ser legalmente vinculante en ciertos casos, la falta de claridad y evidencia puede llevar a disputas difíciles de resolver. Un contrato escrito protege a ambas partes, establece claramente las obligaciones y derechos, y previene malentendidos. Siempre es recomendable documentar los acuerdos de forma escrita y detallada.

Otro mito común es que al registrar una marca se obtiene protección automática en todo el mundo. En realidad, los derechos de una marca registrada son territoriales: si registras tu marca en México, por ejemplo, no tienes derechos automáticos en Estados Unidos o Europa. Para lograr una protección efectiva a nivel internacional debes realizar registros en cada país donde planeas usar la marca. De lo contrario, podrías encontrarte con que alguien más registra tu marca en otro país antes que tú.

También es común pensar que si rompes algo en una tienda, automáticamente tienes que pagarlo. Sin embargo, la ley no siempre te hace responsable. Si el accidente ocurrió porque el objeto estaba mal colocado, por ejemplo, puede que la tienda sea la responsable por no garantizar un entorno seguro.

Similarmente, una idea errónea bastante común, es que la ignorancia de la ley puede ser usada como excusa. Pero la ley establece claramente que no conocer una norma no te exime de cumplirla. Por eso es tan importante mantenerse informado, especialmente si te mudas o viajas a otra jurisdicción. Relacionado con esto hay personas que creen que se puede demandar por cualquier cosa. Pero para presentar una demanda válida necesitas demostrar un perjuicio real y tener base legal. Las demandas frívolas no solo son desestimadas, sino que pueden acarrear sanciones.

En el mundo digital, muchos piensan que cualquier contenido disponible en Internet es de dominio público y puede usarse libremente. Esto no es cierto. La mayoría del contenido en línea está protegido por derechos de autor, incluso si no hay una advertencia explícita. Usar imágenes, textos o videos sin permiso puede resultar en sanciones legales. Es importante verificar las licencias de uso o contar con autorización antes de compartir o reutilizar contenido ajeno.

Existe también la creencia de que, una vez firmado un contrato, ya no puede modificarse. La realidad es que los contratos pueden ajustarse si ambas partes están de acuerdo. Se pueden realizar adendas o modificaciones por escrito para adaptarse a nuevas circunstancias. El contrato no es una condena perpetua, sino una herramienta que puede evolucionar conforme cambian las necesidades de los involucrados.

Otra creencia extendida es que hacer un testamento garantiza que se cumplirán todos tus deseos. Aunque es un paso esencial en la planificación patrimonial, su ejecución puede complicarse durante el proceso de sucesión, y puede ser impugnado por otros interesados. Para evitarlo, es fundamental redactarlo correctamente, mantenerlo actualizado y considerar otros instrumentos legales como los fideicomisos.

Por último, una de las creencias más peligrosas es pensar que puedes usar cualquier tipo de fuerza para defender tu propiedad. En la mayoría de los casos, la ley solo permite el uso de una fuerza razonable y proporcional. El uso de fuerza letal, por ejemplo, no está justificado si solo se está protegiendo un bien material y no hay una amenaza directa a la vida.

Estos son sólo algunos ejemplos de los muchos, muchos, mitos que se han creado debido a nuestra incapacidad para navegar por el sistema legal, lo que nos invita a reflexionar sobre la importancia de estar bien informados acerca de nuestros derechos y responsabilidades legales. Los mitos se han generado a lo largo de la historia para explicar aquello que la gente no entiende, pero es una obligación aclararlos. A través de la comprensión de los mitos que a menudo rodean el ámbito legal podemos empoderarnos como ciudadanos y tomar decisiones más informadas. Recordemos que el conocimiento es nuestra mejor herramienta para defender nuestros derechos y contribuir a un entorno donde la justicia prevalezca.

...Lo que implica un problema cuando los usan en temas relacionados a la ley.

Estos no son los únicos mitos legales que existen, por lo que es importante mantenerse informado acerca de lo que permite y no permite la ley. 

 


Desafíos de la Inmigración Masiva

Un cambio radical


Inmigración: 

acto de trasladarse a un país distinto al de origen para establecerse en él.

La inmigración es un proceso que permitió en la prehistoria colonizar el mundo, a países conquistar regiones y transformarse en imperios y a la formación de naciones que posteriormente se transformarían en potencias como es el caso de EEUU, entre otros. 

Grandes inmigraciones específicas, postguerra o fomentadas por la necesidad de desarrollo de regiones dentro de los países receptores, como la alemana en Chile y Brasil o la japonesa en Perú, han sido ampliamente fomentadas y se relacionan con procesos benéficos para ambas partes y fusiones histórico culturales mutuamente enriquecedoras.

Sin embargo en las últimas décadas el proceso de inmigración parece haberse salido de control y se ha transformado en un tema candente en el debate público.  No es difícil entender por qué. A medida que el mundo se ha vuelto más interconectado, las personas han buscado nuevas oportunidades en diferentes países, lo que ha llevado a un aumento significativo en la inmigración masiva. Esto ha traído consigo una serie de problemas complejos que han desafiado tanto a los inmigrantes como a las naciones receptoras y a los marcos legales que regulan los procesos.

Uno de los problemas más evidentes es la presión que la inmigración masiva ejerce sobre los sistemas de servicios públicos. En muchos países, el aumento de la población debido a la llegada de inmigrantes ha generado tensiones en áreas como la educación, la salud y la vivienda. Las comunidades a menudo se sienten abrumadas por la necesidad de proporcionar recursos y servicios a un número creciente de personas, lo que puede llevar a la percepción de que los inmigrantes son una carga para la sociedad. Alemania es un gran ejemplo de ello y llevó a esa nación a recibir un número limitado de inmigrantes para los que realizó una preparación previa que incluyó enorme inversión pública.

Además, las leyes que rigen la inmigración han sido objeto de intensos debates y, en muchos casos, de cambios drásticos. En algunos países, las políticas se han vuelto más restrictivas, lo que ha llevado a situaciones de incertidumbre y miedo entre los inmigrantes. La falta de claridad en las leyes puede resultar en la separación de familias, la detención de personas en condiciones inhumanas y la deportación de aquellos que han construido vidas enteras en un nuevo país. Esto afecta a los inmigrantes e impacta a las comunidades que los acogen, creando divisiones y tensiones sociales.

La inmigración solía verse como un proceso de integración cultural que podía ayudar a una nación...

Las consecuencias de la falta del marco legal

Otro aspecto importante a considerar es el conflicto intercultural que a menudo surge en respuesta a la inmigración masiva. A medida que las comunidades se ven transformadas por la llegada de nuevos habitantes, algunas personas pueden sentir que su identidad cultural está amenazada. Esto puede dar lugar a un aumento de la hostilidad hacia los inmigrantes, lo que a su vez puede llevar a políticas más severas y a un clima de miedo y desconfianza. El hecho de que exista tal cantidad de inmigrantes complica esta situación aún más, estudios acerca del tema han revelado que desde el 1970 el porcentaje de la población mundial que está emigrando a otros países ha subido de forma constante, pasando desde un 2,3% en dicho año a un 3,6% el año 2020 y este número sigue aumentando exponencialmente. La ONU estima que en el año 2024, 304 millones de personas migraron alrededor del mundo, lo que significa cambios significativos a las naciones receptoras de este flujo de personas.

El principal desafío se vuelve evidente, ya que el marco legal, que una vez protegía a los inmigrantes y ayudaba a su integración, no estaba preparado para la explosión de emigración que seguiría a la Segunda Guerra Mundial, y la falta de actualización a este marco causa que la vista del proceso mismo cambie de “una integración de dos culturas para el beneficio de todos” a “darle hogar y trabajo a miles de personas necesitadas a costa del propio”. 

Porque hay que recordar que hay muchos beneficios al proceso inmigratorio si se hace de forma organizada. Muchos han traído consigo habilidades, conocimientos y una ética de trabajo que han beneficiado a las economías locales. Sin embargo, estas contribuciones a menudo se pasan por alto en medio de la retórica negativa que rodea a la inmigración.

El cambio de foco en este tema es enorme y muy probablemente por el atropello institucional, legal y social que ha generado la inmigración masiva. Las leyes que la rigen parecen no dar abasto con los cambios de este fenómeno en los últimos 20 años y requieren de gran  conocimiento disciplinar para un enfoque equilibrado y humano. Es esencial encontrar soluciones que aborden las preocupaciones legítimas de las comunidades receptoras, y respeten los derechos y la dignidad de los inmigrantes. 

Sólo a través de un diálogo abierto, comprensivo y disciplinariamente complementario podremos avanzar hacia un futuro en el que todos puedan prosperar y llamar al lugar en que viven hogar. Todos quienes se relacionan con el derecho, tienen una inmensa responsabilidad pública en este tema y las sociedades necesitan con urgencia una reflexión constructiva a un problema que parece haberse desbordado…

...Pero la llegada masiva de inmigrantes ha vuelto el actual marco legal obsoleto y eso ha causado problemas.

La Segunda Guerra Mundial cambio muchos de los aspectos de una cantidad incontable de vidas, e incluso en la actualidad sentimos sus efectos. La inmigración puede traer un gran beneficio para un país, pero para lograrlo el marco legal debe adaptarse a las necesidades actuales.

 


Abogados 2.0: Redes Sociales y Comunicación Legal masiva

Lo que busca la audiencia de un medio masivo


De acuerdo con la American Bar Association (ABA) el 81% de los abogados y estudios legales tienen presencia en redes sociales. Sin embargo, ¿Cuál es el impacto real de esta presencia?

En un artículo anterior abordamos la importancia de esta presencia digital, pero este uso suele ser para realizar marketing, contrataciones, informar de casos ganados, etc. que es una información técnica, específica y muy focalizada, que no acerca a un público más masivo, lo que desperdicia el potencial de este tipo de comunicación de llegar a grandes masas de personas. 

Hay entonces sin duda una oportunidad perdida, ya que el contactar con un público masivo puede crear reputación para un estudio nuevo o un abogado que recién comienza, consolidar prestigio, contactar con posibles clientes y abrir una serie de nuevas oportunidades de negocio, incluyendo el pago de las redes sociales a quienes influencian en un tema específico y que en este caso necesita de mucho conocimiento técnico. 

Existe una desconexión entre la gente y el Derecho, sus formas y procedimientos, a pesar de que muchas veces durante el transcurso de sus vidas se ven enfrentados a situaciones legales que no pueden manejar bien, por falta de información y de acceso principalmente. Porque es real que de la proporción de personas que se ven afectadas por una situación relacionada con la ley, sólo un mínimo porcentaje recurre a un abogado. Muchos argumentan que las situaciones legales son demasiado complicadas y demasiado técnicas. Hasta el punto en que las personas no tienen ni idea de por dónde empezar en caso de necesitar su ayuda, y aunque ciertamente el apoyo profesional está absolutamente justificado, en el momento en que una persona necesita recurrir a él existe una barrera que sólo puede solucionarse a través de un método: la comunicación.

Esta barrera se ha vuelto tan intimidante que las personas buscan apoyo en medios masivos no técnicos, con el consecuente peligro de equivocación. La irrupción de  la Inteligencia Artificial es un muy buen ejemplo de esto. Uno de los mayores problemas que aquejan al uso de la I.A es la tendencia a utilizarlo como motor de búsqueda y no como lo que es, una inteligencia generativa. Esto significa que creará respuestas basadas en lo que cree que el usuario quiere oír, no necesariamente en la verdad. Por razones obvias, esto es un gran problema para alguien que tenga problemas legales, independientemente de lo graves que sean. Si un usuario se fía de la palabra de la Inteligencia Artificial actual es posible que se equivoque o quede atrapado en un argumento falso, por lo que se hace imprescindible que quienes tengan problemas legales puedan recurrir a canales con conocimientos técnicos y disciplinares verificables.

La ley y como puede afectar a las personas es de gran interés para las audiencias...

Acercando a la ley y a la audiencia

Esto no es en absoluto imposible. Hay abogados que acuden a sitios como TikTok, Instagram y Youtube y realizan vídeos totalmente centrados en el asesoramiento jurídico, ya sea ofreciendo análisis de casos virales, desmontando mitos legales, ayudando a la gente con determinados trámites o incluso sobre qué hacer en determinadas situaciones en las que puedan sentirse amenazados. Casos como los de Law by Mike, quien tiene 11.8 millones de seguidores, Ugo Lord,  quien tiene 1.93 millones de seguidores, o Emily D. Baker, con 807 mil seguidores, nos muestran que hay varias formas de presentar temas legales en lenguaje coloquial y accesible, y aún más importante que la gente está muy interesada en romper esta barrera y entender cómo se deben comportar ante un gigante invisible que influencia muchos aspectos de su vida.

El tener una guía legal que las personas consideren accesible, permite a quien lo necesite entender en forma general hasta dónde y cómo puede manejar una situación en forma particular y cuándo es imperativo tener apoyo legal. Abrir esta primera aproximación puede sonar a entregar información gratis, pero en realidad es la base para tener muchos más clientes potenciales. Situaciones cotidianas como la citación a un tribunal, un choque, parte o asalto, pueden, con la información adecuada manejarse bien y quizás evitar problemas futuros incluso para los abogados involucrados. Hay una procedimiento con normas y leyes que existen para proteger a las personas, pero no sirven si no se conocen y comunican adecuadamente.

A pesar del 81% de los estudios de abogados que tienen presencia en las redes sociales, su impacto está lejos de ser masivo y considerado como una base de negocios.

Porque conseguir casi 12 millones de usuarios interesados es probablemente una meta que nadie considera inalcanzable, pero que de hecho es posible. Las redes sociales son un canal de comunicación masivo y un enorme número de personas necesita saber dónde están parados frente a una situación que los afecta directamente y que no pueden abordar. Las redes sociales bien pueden ser una nueva oportunidad para los abogados, y un puente que conecte a grandes masas con la ley.

...Siempre y cuando se presente de la forma correcta.

La ley es fascinante para la gente, es un gigante invisible que los puede ayudar o perjudicar según su comportamiento, por lo que explicarles como se aplica y como les puede beneficiar es una increíble oportunidad. 

 


Un Dilema del Abogado hoy: ¿Hablar o Callar?

Las consecuencias del habla


En el mundo del derecho, la comunicación es clave. Qué se dice, cuándo y cómo puede definir el desarrollo de un juicio e incluso el resultado del caso para un cliente. En un mundo como el nuestro donde además el acceso a la información es prácticamente universal y las tergiversaciones e incluso falsificaciones con inteligencia artificial de declaraciones, en especial en casos de alto perfil, están a la hora del día. 

Por lo mismo, cuando se trata de hablar públicamente sobre un caso, los abogados deben navegar por un terreno delicado, ya que las presiones por publicidad en los casos son más fuertes que nunca y los peligros de hacer información pública más presentes que antes. Comunicar entonces es una nueva competencia que se requiere de estos profesionales y no es fácil en este contexto. Probablemente nunca ha sido más cierto el dicho: “Dueño de tu silencio y esclavo de tus palabras”

¿Qué pasa cuando un abogado decide hablar de un caso fuera de la Corte? Expresar una opinión acerca de los procedimientos de la Corte o detalles de un caso, siempre ha sido delicado e incluso controversial, debido a la naturaleza sensible del proceso, los juramentos propios de la disciplina, valores de los involucrados, y cómo pueden afectar al caso sus declaraciones públicas.  Sin embargo, las presiones de los medios, de asociaciones que se sienten afectadas e incluso de los propios clientes, unida a estrategias de los abogados defensores, obligan muchas veces a hacer pública la información. Y “el poder de la palabra” puede llegar a ser decisivo para una resolución y como ejemplo para una causa.

Es un delicado equilibrio donde siempre existirán consecuencias en las decisiones adoptadas con peligros y con beneficios asociados. Uno de los principios más universales del Derecho es el secreto profesional, que obliga a los abogados a mantener en confidencialidad la información de sus clientes. Revelar datos protegidos por este principio puede acarrear sanciones disciplinarias, y pone en riesgo la estrategia de defensa y la confianza entre abogado y cliente. Este tipo de sanciones suelen ocurrir cuando un abogado actúa de manera que compromete la integridad de la profesión, como el uso indebido de información confidencial o la representación de intereses en conflicto.

Otra limitación clave es la prohibición de realizar declaraciones que puedan influir en la opinión pública o en el tribunal antes de que se dicte sentencia. Esto está estrechamente relacionado con el principio del debido proceso y la imparcialidad judicial. Ejemplos como el del caso de Casey Anthony, en EEUU, donde fue absuelta del asesinato de su hija y que fue de alto impacto público, es uno donde la cobertura mediática intensa y los comentarios de los abogados generaron un ambiente en el que el jurado pudo haber sido influenciado por la opinión pública más que por la evidencia presentada en el juicio, demuestran el riesgo de involucrar al público.

El silencio puede ser oro...

Las consecuencias del silencio

Además, existe el evidente riesgo de las consecuencias a la reputación del abogado. Hablar demasiado sobre un caso puede dañar la reputación si se percibe que está buscando atención mediática en lugar de centrarse en la defensa de su cliente. En el caso de la “Operación Lava Jato”, que develó una red de corrupción y cohecho en la política brasileña, algunos abogados enfrentaron críticas por revelar detalles que podrían haber comprometido la privacidad de sus clientes.

A pesar de estos peligros, hablar públicamente sobre un caso puede ofrecer ventajas estratégicas a los abogados y a sus clientes. En primer lugar, la exposición mediática puede servir para equilibrar la narrativa pública, especialmente en casos en los que una de las partes tiene mayor acceso a los medios de comunicación o goza de una posición de poder. Al proporcionar la versión de su cliente, el abogado puede contribuir a evitar juicios prematuros en la opinión pública.

En algunos casos la opinión pública puede tener un impacto indirecto en el proceso judicial. Por ejemplo, en situaciones de alto perfil, el escrutinio público puede motivar a las autoridades a actuar con mayor transparencia y diligencia. Además, la difusión pública de ciertos aspectos de un caso puede servir para sensibilizar a la sociedad sobre cuestiones de interés general, como los derechos humanos, la corrupción o las injusticias estructurales.  El caso de alegato de abuso sexual contra Harvey Weinstein en octubre del 2017 y su exposición pública, dio pie al movimiento “Me Too” y a una corriente global de protección a la mujer y de una serie de leyes de igualdad de género en todo el mundo.

Otro de los principales beneficios de que un abogado hable públicamente sobre un caso es la promoción de la transparencia. Al compartir información, los abogados pueden ayudar a construir confianza en el sistema judicial. Por ejemplo, en el caso de la “Operación Lava Jato” en Brasil, varios abogados de los implicados han hablado públicamente para aclarar la posición de sus clientes y proporcionar contexto sobre el proceso judicial. Esto ha permitido que el público entienda mejor las complejidades del caso y la defensa de los acusados.

Finalmente hablar públicamente sobre un caso también puede servir como una herramienta educativa. Los abogados pueden explicar aspectos legales complejos y aumentar la conciencia sobre temas importantes. Por ejemplo, hubo una serie de casos de feminicidios en México que sirvieron para educar sobre el tema. Abogados y activistas han utilizado plataformas públicas para explicar a la parte de la sociedad que los justificaba, la realidad e impacto de la violencia de género y la necesidad de reformas legales.

Hablar públicamente sobre un caso siempre va a ser una espada de doble filo para los abogados. Si bien hay beneficios significativos, como la transparencia y la educación, también existen peligros que pueden afectar tanto a los profesionales como a sus clientes. En un mundo donde la información se difunde rápidamente, es crucial que los abogados consideren cuidadosamente sus palabras y el impacto que pueden tener en el sistema judicial y en la opinión pública, nunca hay que olvidar el antiguo dicho: El silencio es oro…..

...Pero el habla bien puede probar la inocencia o la culpa.

Hablar o callar. Al momento de dirigirse al publico, ya sea por cualquier motivo, los abogados toman una apuesta arriesgada y deben entender que una vez que se haga las consecuencias pueden estar fuera de sus manos.

 


Eutanasia: Debate legal, emocional y ético

La muerte en las manos de la Corte


Mayo de 2018: David Goodall, un botánico de 104 años, viaja a Suiza para someterse a un suicidio asistido, ya que en Australia no era legal. Su caso atrajo la atención internacional y generó un debate sobre la eutanasia y el derecho a morir dignamente.

Fuente: BBC News, “David Goodall: Australian scientist ends life in Switzerland”-Mayo 2018.

Probablemente hay pocos temas más complejos desde el punto de vista legal que la eutanasia, ya que es muy difícil establecer un marco legal y regulatorio objetivo a un tema que involucra tantos casos particulares, dramas humanos, ética y emoción. Como el caso de David Goodall hay muchos y cada vez más seguido con historias sobrecogedoras de personas que tanto por salud física como mental, quieren y piden terminar con sus vidas. Tan difícil es este tema y genera tanto involucramiento emocional, que incluso afecta en algunos casos la capacidad de los abogados para mantener una postura profesional imparcial.

El debate jurídico en este tema se encuentra atravesado por complejas dificultades bioéticas y legales. La eutanasia sigue siendo ilegal en la mayoría de los países debido a su confrontación con la ética médica, que prioriza la conservación de la vida y el alivio del sufrimiento a través de cuidados paliativos. La Asamblea Médica Mundial, por ejemplo, se ha pronunciado en contra de la eutanasia, manifestando su preocupación por los países que la han despenalizado. Este posicionamiento revela la existencia de profundas tensiones entre los principios de autonomía personal y la protección de la vida como valor supremo.

Uno de los principales argumentos a favor de la eutanasia es el derecho a la autodeterminación, que sostiene que cada persona debería tener la libertad de decidir sobre el final de su vida cuando enfrenta padecimientos insoportables o enfermedades terminales. La legalización de la eutanasia, en este sentido, se percibe como un acto de compasión que permite evitar sufrimientos innecesarios y garantiza una muerte digna, regulada y supervisada por el Estado y el sistema de salud.

Por otro lado, los detractores argumentan que legalizar la eutanasia podría abrir la puerta a abusos y situaciones de vulnerabilidad, donde personas con discapacidades o enfermedades degenerativas se sientan presionadas a solicitar la muerte ante la falta de recursos, apoyo y cuidados adecuados. Se advierte sobre el peligro de instalar una “cultura de la productividad”, en la que la vida de aquellos que no pueden valerse por sí mismos se vea devaluada y su existencia se perciba como una carga para la sociedad y sus familias.

Hay pocos temas más éticamente desafiantes que la eutanasia en el mundo...

Un debate de tres frentes

En el ámbito jurídico, esta controversia se refleja en la tensión entre el derecho a la vida y el derecho a la dignidad. Los abogados que defienden casos de eutanasia enfrentan el desafío de equilibrar estas posturas, garantizando que el consentimiento del paciente sea libre e informado, y que no existan presiones externas que puedan viciar su voluntad. Asimismo, deben lidiar con la falta de marcos legales claros en muchos países, lo que los obliga a recurrir a interpretaciones jurisprudenciales o a defender la despenalización en tribunales constitucionales.

Los fiscales, por su parte, tienen la tarea de asegurar que las leyes vigentes se cumplan, investigando posibles casos de abuso o mala praxis. Esto implica un delicado análisis de la evidencia y la interpretación de normativas que muchas veces son ambiguas o contradictorias. En los países donde la eutanasia no está legalizada, los fiscales deben perseguir estos actos como homicidios, aun cuando hayan sido realizados por razones compasivas.

Los jueces enfrentan el desafío de resolver casos en los que se enfrentan derechos fundamentales en conflicto. Deben interpretar la ley en contextos donde la normativa puede no estar actualizada o ser insuficiente para abordar las complejidades de la eutanasia. En muchos casos, sus decisiones han marcado precedentes importantes, como ocurrió en Colombia, donde la Corte Constitucional despenalizó la práctica y estableció directrices para garantizar el derecho a la muerte digna.

Uno de los aspectos más complejos del debate es la confusión terminológica que rodea a la eutanasia. No se debe confundir eutanasia con la decisión de no prolongar la vida mediante tratamientos fútiles o con la desconexión de un paciente con muerte cerebral. Tampoco debe confundirse con la sedación paliativa, que busca aliviar el dolor sin acelerar la muerte. Esta falta de claridad puede llevar a interpretaciones erróneas y a decisiones jurídicas basadas en premisas falsas.

El derecho a morir con dignidad no implica necesariamente la creación de un derecho a la muerte, y esto es algo que los sistemas jurídicos deben ponderar cuidadosamente. Legalizar la eutanasia impacta en el paciente, transforma la relación médico-paciente y redefine el rol del Estado en la protección de la vida. 

Al final del día, la discusión sobre la eutanasia nos invita a reflexionar sobre el valor de la vida y la importancia de la empatía en nuestras decisiones. En un mundo tan globalizado y diverso como el que estamos viviendo, es fundamental que el marco legal se adapte para reflejar las necesidades de los pacientes y las preocupaciones éticas que surgen en torno a la defensa de la vida humana, la dignidad y el sufrimiento. Difícil y complejo tema legal, donde los únicos lineamientos claros refieren a principios éticos personales. Tema repleto de grises en un mundo que tiende cada vez más al blanco o negro.

...Y tratar de resolverlo a través de la Corte trae otras complicaciones legales.

La eutanasia siempre ha sido, y siempre será, un desafío ético. El trabajo de los abogados nunca ha sido, ni nunca será, fácil o sencillo en la Corte por su propia naturaleza. Combinados, estos dos aspectos desarrolla un desafío que se debe tratar con delicadeza.

 


El Derecho Internacional en jaque

¿Qué haces cuando las reglas se ven amenazadas?


Hemos abordado muchas veces el Derecho Internacional, que nos afecta transversalmente. Ya sea con los pactos que se consiguen para regular derechos básicos y metas comunes, su uso en eventos masivos como los deportivos, e incluso como ayuda para prevenir el fin del mundo, por su capacidad de regular las armas de destrucción masiva, este conjunto de leyes acordadas por la gran mayoría de los países y las organizaciones que velan por la paz e interacción mundial, nos cuidan a todos. 

Hoy, sin embargo, y como muchas veces antes en nuestra historia, debido a los nuevos tipos de liderazgo, las crisis de inmigración y económica generalizadas en el mundo y los extremos políticos hacia ambos lados, los intereses de grupos particulares se hacen prevalecer sobre el bien común y parecen justificar acciones antes consideradas como bases intransables, en un escenario donde muchas potencias y países están poniendo una serie de líneas en la arena, de nuestra playa común.

Se ha visto un inexorable avance de inestabilidad internacional tanto en países ya enfrentados con conflictos que se desatan, como con fuertes divisiones entre países del mundo, antes aliados. Las nuevas guerras económicas entre potencias como EEUU, Europa y China, la guerra entre Rusia y Ucrania, el recrudecimiento del conflicto palestino-israelí, la crisis de la OTAN y amenazas como las planteadas por Estados Unidos a Panamá acerca del Canal, son sólo algunos ejemplos que ponen en jaque al Derecho Internacional.

Se dice que después de cada gran pandemia el mundo se convulsiona  y su forma de organización social, política y económica cambian. Las grandes migraciones y las crisis institucionales son denominadores comunes de estos ciclos. Después de la peste bubónica, en la Edad Media, se dio paso al Renacimiento con todos los cambios asociados. La peste de la gripe Española de principios del siglo XX, llevó a la independencia de colonias como la India y a la conciencia de la necesidad de cooperación internacional y la creación de organismos que las regulan como la Liga de las Naciones (antecesora de la ONU) y gatilló la entrada masiva de las mujeres al mercado laboral (también apoyado por las bajas de la I Guerra Mundial). Es evidente que nuestra pandemia del COVID, también generó cambios y radicalización. ¿Qué nos espera entonces? ¿Cómo afectará al Derecho Internacional y las normas que nos regulan?

Los eventos actuales han introducido dudas acerca de la longevidad de ciertas alianzas...

Las preguntas que todo abogado internacional debe hacer

La primera pregunta es geopolítica: ¿Qué alianzas se mantendrán? La Guerra Comercial de Donald Trump ya ha traído dudas acerca de si sus alianzas sobrevivirán al mandato del nuevo presidente, y aunque los representantes de los países afectados se han mantenido firmes acerca de su intención de mantenerlas, la política impuesta por el nuevo Presidente norteamericano ha hecho evidente la fragilidad y desprotección en que rápidamente pueden caer estos pactos.

Otras alianzas se han fortalecido, como las de los países árabes en contra de Israel, a raíz de lo ocurrido con Palestina, con todas las consecuencias que esto ha traído a nivel de derecho internacional y los conflictos y víctimas asociados en ambos lados. Lo mismo ha generado el conflicto Ruso-Ucraniano, lo que ha definido un mapa geopolítico de aliados a unos y otros países y una situación  política mundial en grados de estrés extremo. Sin contar con las migraciones masivas a causa de estos conflictos, con los consecuentes dramas humanos y económicos para migrantes y para países que reciben, conflicto que por otras razones, compartimos en Latinoamérica con cantidades de migrantes en los diferentes países, que ninguna norma local o internacional fue capaz de prever ni de regular en forma adecuada.

La segunda pregunta, refiere directamente a conflictos bélicos, reglas y transgresiones: ¿Cómo afectarán estos cambios a la guerra y las normas consensuadas que las rigen? A medida que las autoridades de las organizaciones como la OTAN o la ONU sean desafiadas y por lo mismo entren en crisis, sus reglas y los derechos que éstas cuidan, están en riesgo de ser abiertamente violadas o simplemente ignoradas. La reconfiguración de bloques políticos puede influir en la aplicación del derecho de la guerra, en la protección de los derechos humanos y en la respuesta de la comunidad internacional ante crisis humanitarias. 

La tercera pregunta se relaciona con el Derecho Internacional penal: ¿Cómo afectarán estos cambios a la justicia internacional y sus normas? El nivel de cooperación con tribunales internacionales como la Corte Penal Internacional, La Corte de la Haya o la Corte Internacional de justicia, entre otras,  y su persecución a crímenes de guerra, de lesa Humanidad y entre naciones, se ven afectados, por la anteposición de los intereses particulares de cada país o alianza, al derecho internacional. La postura de sus líderes en cuanto a que “el fin justifica los medios”, sólo agudiza el problema. Este ambiente de inestabilidad afecta directamente las normas comunes y hace patente la importancia de replantearse la necesidad de un nuevo trato como fundamento de la vida social, y aumenta el riesgo de más y peores conflictos. 

La cuarta, y última pregunta, afecta directamente a todos, sin excepción: ¿Cómo afectarán estos cambios a la economía mundial? La actual política de guerra comercial de Estados Unidos amenaza no sólo con afectar a Norteamérica, en sus alianzas, sino que por la globalización y consecuente dependencia a prácticamente todos los países del mundo. 

Como ejemplo anterior reciente, el conflicto ruso-ucraniano resultó en sanciones económicas para Rusia, las que produjeron división de opiniones y desataron una cadena de eventos que llevaron a una crisis económica global. Las medidas hasta ahora no han logrado parar el conflicto, siendo evaluadas por muchos como ineficientes y afectando la reputación de las organizaciones internacionales  que las impusieron.  Las consecuencias a largo plazo para Rusia están por verse.

Geopolítica, guerra, justicia, economía, estos son sólo algunos de los ámbitos que pueden cambiar drásticamente por falta de control global, si el Derecho Internacional, no asume el rol protagónico que tiene y los países no se comprometen. Herman Wouk en sus libros Vientos de Guerra y Tormentas de Guerra, muestra épocas difíciles antes y durante un conflicto bélico de carácter mundial y todo el dolor e inestabilidad que implica. Desgraciadamente estamos en una época post pandémica con conflictos de todo orden. La pregunta es cómo el Derecho Internacional, que puede ser nuestro gran apoyo, sale de este jaque y gana la partida.

...Y como estos cambios afectaran a todo el mundo.

El mundo se encuentra en una era de cambio, por lo que es importante entender donde uno esta parado, y a que destinación esta caminando.

 


Ley y Fe: Una mirada al Derecho Canónico

Una rama poco usual pero importante


Cuando ocurren hechos como la enfermedad grave del papa Francisco I y se empiezan a escuchar conceptos como Cónclave y Renuncia Papal, o se usan conceptos como: participación, votantes, ceremonia de inauguración, entre otros relacionados al contexto religioso y no al civil, la organización y estructura legal específica de este tipo de instituciones y de la Iglesia Católica en este caso, se releva como una sociedad que si bien convive con la civil se rige por normas y procedimientos específicos, todos relacionados con el ejercicio de una rama poco usual del Derecho: el Derecho Canónico

Esta especialización legal trabaja con el conjunto de normas y leyes que rigen la organización y el funcionamiento de la Iglesia Católica y, en menor medida, de otras confesiones cristianas. Este sistema legal tiene sus raíces en la tradición y la doctrina de la Iglesia, y su objetivo principal es garantizar el orden y la justicia dentro de la comunidad eclesiástica. Si bien cada iglesia tiene su propio conjunto de normas que rigen su funcionamiento interno, muchas comparten principios comunes derivados de la tradición cristiana.

Cuenta con sus propios tribunales, abogados, jurisprudencia y en el caso de la Iglesia Católica con dos códigos completamente articulados. Además, dispone de principios generales del Derecho que rigen su aplicación y desarrollo dentro de la Iglesia. 

Estudiar Derecho Canónico es una excelente opción para aquellos interesados en la intersección entre la ley y la fe y requiere de preparación específica como conocimientos en Teología, Latín e intereses en la práctica y organización de la comunidad eclesiástica a la que está íntimamente ligado. Muchas Universidades dan cursos de Derecho Canónico, pero pocas lo dan como pre o post grado en forma pura y suelen ser o tener convenios con Universidades Pontificias, como la Universidad Pontificia de Salamanca que tiene convenio con la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso en Chile; la Universidad Católica de Lovaina fundada en 1425 o la más reciente Faculdade de Direito Canónico Sao Paulo Apostol en Brasil (2014), entre otras. 

Estos abogados dan asesoría legal a clérigos, diócesis y organizaciones religiosas sobre cuestiones legales, ayudando a interpretar las leyes de la Iglesia y a cumplir con ellas. En casos de disputas dentro de la Iglesia, como cuestiones de nulidad matrimonial o conflictos entre clérigos, los abogados canónicos representan a las partes involucradas ante los tribunales eclesiásticos. Algunos de ellos también se dedican a la enseñanza del Derecho Canónico en seminarios y universidades, formando a la próxima generación de líderes eclesiásticos.

Además, pueden trabajar como asesores de conferencias episcopales, órdenes religiosas y diócesis, brindando orientación jurídica en distintos asuntos internos de la Iglesia, y pueden trabajar como representantes de las diferentes ramas que la componen. 

Por mucho que parezca una disciplina nicho, el  derecho canónico tiene muchas responsabilidades y oportunidades laborales.

Un derecho con cientos de años

El Código Canónico en que se basa tiene sus orígenes en los primeros siglos del cristianismo, cuando las comunidades cristianas comenzaron a establecer normas para regular su vida interna. A lo largo de los siglos, estas normas se han ido codificando y adaptando a los cambios sociales y culturales y se hicieron oficiales a través de los Concilios y Decretos Papales, lo que permitió su consolidación como un cuerpo jurídico independiente. Entre las primeras recopilaciones destacadas se encuentran el Liber Extra de 1234, el Liber Sextus de 1298 y las Clementinae de 1317. Estas obras compilaron y organizaron la normativa eclesiástica vigente en sus respectivas épocas, sirviendo como referencia fundamental para la aplicación del derecho en la Iglesia.

Un hito crucial en la historia del Derecho Canónico fue la elaboración de la Concordia discordantium canonum entre los años 1140 y 1142. Esta sistematización fue clave para la posterior conformación del Corpus Iuris Canonici, que incluyó seis obras canónicas oficiales y particulares redactadas entre 1140 y 1503. Este corpus fue la base del Derecho Canónico, formalizado en el primer Código de Derecho Canónico recién en 1917.

El Código de Derecho Canónico que rige en la actualidad fue promulgado por el papa Juan Pablo II el 25 de enero de 1983, reemplazando al Código Pío-Benedictino de 1917. Este nuevo código está dividido en siete libros que regulan aspectos fundamentales de la vida eclesiástica, como las normas generales, el pueblo de Dios, la enseñanza de la Iglesia, la función de santificar, los bienes temporales de la Iglesia, las sanciones y los procesos. Aunque este código se aplica a la Iglesia de rito latino, en el caso de las Iglesias Católicas sui iuris de ritos orientales se llevó a cabo una codificación específica que culminó en 1990 con la promulgación del Código de los Cánones de las Iglesias Orientales.

El Derecho Canónico, si bien menos conocido y común entre las especialidades, es muy significativo en el mundo actual, especialmente en contextos donde la fe y la moral juegan un papel crucial en la vida de las personas. En un mundo cada vez más plural y diverso, el derecho canónico ofrece un marco ético y espiritual que guía a los creyentes en sus decisiones y acciones. Además, su importancia se extiende a la manera en que la Iglesia aborda cuestiones contemporáneas, como la justicia social, los derechos humanos y la bioética, promoviendo un diálogo entre la tradición y las necesidades actuales de la sociedad. Así, el derecho canónico no sólo regula la vida interna de la Iglesia, sino que también contribuye a la construcción de una comunidad más justa y solidaria, de acuerdo con los principios cristianos, en un mundo en que muchos de sus millones de habitantes se rigen por sus directrices.

El derecho canónico empezó durante los primeros siglos del cristianismo.

El derecho canónico puede parecer un ámbito nicho para los abogados, pero debido al poder que tiene la Iglesia Católica uno siempre debe tener en cuenta que es una rama con varias oportunidades.