Reclutamiento de Talentos y la nueva Ley de Protección de Datos

Una nueva realidad en el 2026


Los datos personales son toda aquella información que permite identificar, directa o indirectamente, a una persona y que abarca desde datos de identificación, formación y localización, a datos sensibles, gustos personales e incluso comportamiento en las redes sociales, entre otros. Las bases de datos que se recolectan son una fuente de información valiosa, por lo que muchas veces se piden más datos de los necesarios para realizar diferentes tipos de actividades que luego se venden o reutilizan para otros fines. 

Esos datos son actualmente una parte fundamental del proceso de reclutamiento de talentos, que ha experimentado una transformación significativa en la era digital. Reclutadores y empresas ahora recopilan y gestionan grandes cantidades de datos personales para evaluar a los candidatos. Desde currículums y cartas de presentación hasta datos de redes sociales y referencias laborales, la cantidad de información disponible para los reclutadores es más extensa que nunca. Sin embargo, con este acceso a datos personales surge una responsabilidad crítica: gestionar y proteger adecuadamente esta información.

Al igual que en otros ámbitos, la gestión de los datos personales en el reclutamiento debe cumplir con las normativas legales, como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en la Unión Europea, la Ley de Protección de la Privacidad del Consumidor de California (CCPA), entre otras.

Chile, que había tenido una ley pionera para Latinoamérica en la Ley 19.628 del año 1999, se había quedado atrás en este tema y, a partir de Agosto del 2026, actualizará su Ley de Protección de Datos por primera vez. Con esta reforma muchas cosas cambiarán en la forma en que las empresas, estudios y otros pueden manejar los datos de las personas que postulan a sus cargos y la gestión general y específica de toda la valiosa información que constituyen las “bases de datos”. Será un cambio que actualizará la metodología y la ley del manejo de uno de los recursos más importantes de la sociedad contemporánea.

Es vital que haya una ley clara y actualizada sobre los datos personales, y el cómo afectará a los reclutadores y candidatos que dependen del manejo de estas bases para lograr un buen match de las capacidades de un candidato para un lugar y cargo específico está por verse. La reforma a la Ley 19.628 cambiará muchos aspectos en la relación entre los Titulares de los Datos, las personas a quienes les pertenece dicha información, y los Responsables de los Datos, las agencias, empresas, estudios y/u organizaciones a quienes se le entregan esta información. La ley afecta las actuales relaciones entre estos dos agentes a través de cambios en: los nuevos derechos de los Titulares, los nuevos deberes de los Responsables y la creación de una nueva organización fiscalizadora, la Agencia de Protección de Datos Personales.

La ley 19.628 se puso en efecto en el año 1999...Pero la tecnología ha avanzado demasiado desde entonces.

Derechos, deberes y la Agencia de Datos

Empecemos con los derechos de los Titulares. Actualmente en Chile algunos de estos derechos ya están activos, por ejemplo todo Responsable de Datos debe pedirle autorización a los Titulares para usar la información, y aunque esto se va a mantener, una vez que la Ley 19.628 se actualice, los postulantes podrían tener el derecho de involucrarse activamente en el uso de su información posterior a la entrega. El derecho de acceso capacita al Titular para obtener información acerca de cómo y cuándo se están usando sus datos personales. Por otro lado, derechos como los de supresión, oposición y bloqueo permiten al postulante eliminar parte o la totalidad de su información de la base de datos durante los procesos o al final de ellos. Esto impacta el trabajo de los reclutadores ya que el uso de las bases de datos de sus postulantes se hace mucho más compleja, porque la actualización de la Ley les devuelve su propiedad a los Titulares, de quienes depende la posibilidad de uso de esos datos en todo momento.

Después tenemos los deberes de los Responsables. El derecho de acceso y el deber de transparencia de los Responsables implican que los reclutadores y/o posibles empleadores, por ejemplo, se verán obligados a informar a los postulantes del uso y acceso a esa información durante cualquier proceso u oferta para la que son considerados, si el postulante lo requiriera. Adicionalmente desde el momento en que el postulante decida que pueden mantener su información, no importando el resultado del proceso específico, tendrán que aceptar la responsabilidad de mantener esos datos seguros y confidenciales, no podrán compartirlos con ningún actor interesado y tendrán que asegurarse de que la información esté segura. Cualquier brecha no autorizada de esta seguridad tendrá serias consecuencias, debido a los nuevos deberes de protección de datos que establece esta reforma.

Lo que nos lleva al tercer elemento que puede afectar el actual proceso de la búsqueda de talentos: la Agencia de Protección de Datos Personales. Esta nueva agencia hará cumplir los derechos y deberes de ambos a través de multas sustanciales que pueden afectar a reclutadores y posibles empleadores. Infracciones tales como el incumplimiento de información, la omisión de respuesta o alternativamente el uso de una respuesta incompleta, significará una multa de hasta 5000 UTM. Compartir estos datos, conscientemente o incluso sin permiso por robo o filtración, sin consentimiento llegará a una multa efectiva de hasta 10000 UTM. Finalmente modificar los datos personales de forma fraudulenta o vulnerar su confidencialidad significará hasta 20000 UTM de costo para los Responsables. Esto significa un mucho mayor cuidado con el acceso y manejo de estos datos, lo que evidentemente repercute en costos económicos para solventar estos cuidados.

Un buen manejo de los datos personales no solo protege la privacidad de los candidatos, sino que también mejora su experiencia y fortalece la reputación de reclutadores y empleadores. Esta ley renovada incluirá proporcionalidad en los datos que se piden a los Titulares, ya que manejar esos datos de ahora en adelante será una gran responsabilidad. El manejo adecuado de los datos personales en los procesos de reclutamiento es esencial para proteger los derechos de los candidatos y asegurar la legalidad y ética de las prácticas de contratación. La implementación de medidas de seguridad y transparencia no solo evitará problemas legales, sino que también contribuirá a generar una relación de confianza entre candidatos y empleadores. En un mundo donde la protección de los datos personales es cada vez más importante, gestionar esta información con responsabilidad es clave para el éxito organizacional a largo plazo.

Los Derechos de los Titulares, los deberes de los Responsables y la Agencia de Protección de Datos, tienen la capacidad de cambiar muchos aspectos de los ambitos laborales

El año 2026 podría marcar una nueva realidad para los ámbitos laborales. En Chile los datos personales se han utilizado de manera muy publica por lo que la modificación a la Ley de Protección de Datos puede llegar a ser un gran cambio para su sociedad.

 


Una nueva realidad digital: La reforma de la Ley 19.628

Actualizando la ley de 1999


El entorno digital actual ha facilitado la recopilación, almacenamiento y procesamiento de grandes volúmenes de datos personales. Desde nuestras compras en línea hasta nuestras interacciones en redes sociales, cada clic genera datos que pueden ser utilizados para diversos fines, desde mejorar servicios hasta personalizar ofertas publicitarias. Sin embargo, la recolección masiva de datos también conlleva riesgos significativos, incluyendo el mal uso de la información personal, violaciones de la privacidad y la posibilidad de ciberataques.

Chile opera bajo el marco legal de la Ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada, promulgada en 1999. Aunque fue una legislación pionera en su momento, con el avance tecnológico y la globalización del tratamiento de datos, esta ley quedó obsoleta y no ofrece las herramientas necesarias para enfrentar los desafíos modernos. Al ingresar a la OCDE, el año 2010, el país adquirió una serie de compromisos de mejoras legales y normativas. Dentro de las que se encuentran el tratamiento de datos. Las relacionadas con este tema refieren a:

  • Proteger a los titulares de datos que no tienen autoridad sobre ellos.
  • Dar obligación a quienes recopilan datos, sobre la seguridad en su almacenamiento y tratamiento.
  • Generar un sistema efectivo de defensa contra el uso no autorizado de datos
  • El RUT no debería ser dato público

En esta línea el 26 de agosto de este año, ambas cámaras despacharon el Proyecto de Ley (PDL) sobre Protección de Datos y Ciberseguridad que actualiza y modifica la ley 19.628. El proyecto establece medidas de tratamiento sustancialmente más estrictas que las actuales, alineando sus normativas con los estándares internacionales y otorgando a los ciudadanos un mayor control sobre sus datos personales.

La ley define a los datos personales como “cualquier información vinculada o referida a una persona natural identificada o identificable. Se considerará identificable toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante uno o más identificadores.” 

La ley 19.628 se puso en efecto en el año 1999...Pero la tecnología ha avanzado demasiado desde entonces.

Derechos, deberes e infracciones 

La nueva ley busca ayudar a los titulares de los datos a mantener el control de su privacidad y asegurarse de que nada se comparta sin su permiso. Para hacer esto le da nuevos derechos a los titulares de datos, y mayores responsabilidades y castigos para las empresas y/o instituciones que los recopilan y tratan. Estos derechos y deberes son:

Para asegurarse de que estos deberes y derechos se respeten la ley autorizó la creación de una nueva institucionalidad, la Agencia de Protección de Datos Personales, que tendrá como objetivo fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley y aplicar sanciones. Estas nuevas multas pueden variar de acuerdo con el nivel de la infracción, leves, graves y gravísimas, las que se sancionarán con multas de hasta 5.000 UTM, 10.000 UTM y 20.000 UTM, respectivamente.

La nueva ley entrará en vigencia 24 meses después de su publicación, la que aún no se genera.

Esta reforma permitirá a la Comisión Europea  (Ejecutivo comunitario), que posee el poder ejecutivo y la iniciativa legislativa, declarar a Chile como “País con un nivel adecuado de protección de datos personales” lo que facilitará la transferencia de datos internacionales entre Chile y la UE, importante socio comercial del país.

Para asegurarse de que esta ley pueda entrar en efecto se creara una nueva organización: la Agencia de Protección de Datos Personales.

La nueva ley de protección de datos abrirá muchas puertas para Chile en el ámbito internacional pero también significara un cambio significativo para muchos aspectos de su sociedad.

 


8-8-8: El Número Clave para un Equilibrio Profesional y Personal Sano

La distribución del 8


Hay una antigua receta que decía que para lograr un equilibrio sano en la vida personal y profesional de una persona había que ser capaz de dividir el día equitativamente: 8 horas de trabajo, 8 horas de descanso y 8 horas libres. 

Suena razonable y claro, pero en el mundo contemporáneo es muy difícil de conseguir, en especial en aquellas carreras profesionales en que se depende de resultados óptimos constantes y/o de plazos, a veces imposibles, o de entregas perentorias para los resultados de su desarrollo. Y ellas caracterizan la profesión del abogado, 

Si bien es cierto que  superar desafíos por y para personas es parte del ADN laboral de quienes ejercen el Derecho, no es menos cierto que el equilibrio en el desarrollo de su vida profesional es difícil y muchas veces imposible de conseguir. La profesión legal es además conocida por su exigencia, competitividad y, en muchos casos, por las largas jornadas laborales. Si bien es una carrera llena de desafíos intelectuales y oportunidades, también es una de las que más puede poner en riesgo la salud de quienes la ejercen, tanto física como psicológicamente, por la falta justamente  de este equilibrio y las largas horas de dedicación que requiere. 

Por supuesto que en toda carrera siempre existe el riesgo de que surjan problemas físicos y problemas psicológicos derivados del trabajo. Pero hay que poner especial cuidado en las carreras en que los resultados dependen muchas veces de un número de horas y dedicación que hace de este equilibrio un imposible. Este esfuerzo acumulado puede llevar a varias enfermedades profesionales. De acuerdo con el gobierno de Chile “…la enfermedad profesional es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o del trabajo que realiza una persona y que le produzca incapacidad o muerte”.

¿Cuáles de ellas se relacionan más estrechamente con el ejercicio del Derecho?

Las enfermedades laborales existen en todos los trabajos, por lo que es importante informarse de cuales vienen con cada oficio

Las enfermedades de un abogado

Relacionadas con la falta de 8 horas diarias de descanso, están sin duda las conocidas enfermedades psicológicas relacionadas con el estrés crónico. Las causas del estrés en esta profesión son numerosas: largas horas de trabajo, la presión por ganar casos, la necesidad constante de estar actualizado con los cambios y avances legales, y la naturaleza adversarial del ejercicio de la profesión. Aunque a menudo se considera un compañero silencioso e inofensivo, el estrés puede tener consecuencias graves si no se maneja adecuadamente. Cuando se acumula sin un adecuado canal de desahogo, puede llevar al desarrollo de problemas de salud mental serios, como la depresión, el síndrome del burnout y la ansiedad. Al resultado de este debilitamiento del cuerpo y mente, se asocian además problemas como la hipertensión, problemas digestivos, etc., con el consecuente ciclo de desgaste personal y profesional, el que puede evitarse con una sana desconexión de al menos 8 horas diarias.

También existen problemas que no están relacionados necesariamente con la presión pero que derivan de la alta exigencia y cantidad de horas de trabajo de escritorio, para lo que las 8 horas libres son cruciales. Pasar largas horas sentado frente a un computador o a textos, puede tener un impacto negativo en la salud musculoesquelética. Los abogados a menudo sufren de dolores de espalda, cuello, y muñecas. El dolor lumbar es una queja común debido a mala postura y la falta de actividad física y problemas como el síndrome del túnel carpiano también son prevalentes debido al uso constante del teclado y el mouse. Es especialmente relevante adecuar los instrumentos, sillas y escritorios para poder evitarlos. 

Otros problemas físicos relacionados, tales como la miopía, muchas veces derivan de las largas horas que pasan frente a las pantallas de computadoras y dispositivos electrónicos. La exposición prolongada a ellos puede causar fatiga visual, sequedad ocular, dolores de cabeza y visión borrosa. La miopía, en particular, puede desarrollarse o agravarse debido al enfoque continuo en objetos cercanos, clásicos en el ejercicio de la abogacía. Es por esto que 8 horas dedicadas a actividades recreativas como por ejemplo hobbies, deportes y tiempo con familia y amigos, ayudan a prevenir este tipo de enfermedades laborales si se cuida realizar actividades que no fuercen el mismo tipo de posturas y/o uso de sentidos.

E incluso dentro de las 8 horas dedicadas al trabajo hay que hacer un ejercicio de autocuidado, ya que la enorme presión a la que están sometidos en general los abogados en el ejercicio de su profesión genera muchos problemas médicos, siendo probablemente los más conocidos, los relacionados con los problemas cardiovasculares. El estrés prolongado provoca la liberación continua de hormonas como el cortisol y la adrenalina, que elevan la presión arterial y aceleran el ritmo cardíaco. Este estado de “alerta constante” desgasta el sistema cardiovascular con el tiempo, contribuyendo a la rigidez arterial y aumentando la probabilidad de arteriosclerosis. La hipertensión, que a menudo se desarrolla sin síntomas evidentes, es una metafórica bomba de tiempo silenciosa que incrementa significativamente el riesgo de infartos de miocardio y accidentes cerebrovasculares.

El 8-8-8 parece entonces una tarea de autocuidado, que podría jugar un papel crucial en el desarrollo equilibrado de una vida profesional y personal. Incorporar hábitos saludables como el ejercicio regular, una dieta balanceada y dedicar tiempo de calidad a actividades fuera del trabajo es esencial para mantener un buen estado físico y mental que también permitirá a los abogados ejercer su profesión de manera más efectiva y sostenible a largo plazo. Debería ser una tarea para todo hombre y mujer profesional contemporáneos, el tratar de resguardar este equilibrio y cuidar su salud física y mental. Y quien sabe cuidarse, sabe cuidar a los demás y representarlos y cuidarlos de mejor manera.

El 8-8-8 es una tarea de autocuidado, que si no se maneja bien puede tener serias consecuencias

Las enfermedades laborales son un desafío constante para cualquier profesional, al igual que el balance entre la vida profesional y personal. Aun así es importante darle la importancia necesaria, a menos de que sufran las consecuencias